Cuando a las leyes no la tomamos seriamente..... podemos hablar de SEGURIDAD....?
REGIMEN DE APORTES PREVISIONALES PARATRABAJADORES AUTONOMOS.( debemos ser concientes que las leyes estàn para cumplirlas y que se denunciarà a quien no las cumple puesto que esto tambien constituye inseguridad y no podemos proclamar seguridad cuando desde algun lugar no la cumplimos)
ARTICULO 1: Institúyese con alcance nacional y con sujeción a las normas de la presente ley, el régimen de aportes previsionale paratrabajadores autónomos.
ARTICULO 2: Están obligatoriamente comprendidas en el presente régimen las personas físicas mayores de 18 anos de edad que por sí solas o conjunta o alternativamente con otras, asociadas o no,ejerzan habitualmente en la República Argentina alguna de las actividades que a continuación se enumeran.......
por ej....distribucion.....
se informa OTRAS RENUNCIAS DE LA COMISION!
LOS SIGUIENTES MIEMBROS DE LA COMISION QUE CONFORMABAN LA COMISION Y RENUNCIAN SON:
- Pedro I. Lopez ( tesorero)
- Marina Grisanti ( vocal titular)
- Lopez, Maria ( vocal suplente)
- Pugliese, Alejandro ( rev. de cuentas)
SIRVA ESTE MEDIO PARA EL CONOCIMIENTO Y COMUNICACION DE TODOS.
INFORMACION GENERAL
31/01/2009